Detalles jurídicos en el caso Williams Sanguino (I)

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Por: Miguel A. Jaimes N. – M sc. Ciencias

Miércoles, 26/05/2010 09:14 AM

Como abusan de la justicia

Hace apenas unas horas, Venezuela se enteraba de la captura en el estado Aragua del ex comisario de la DISIP, Germán Gustavo Justino Lamoglia Mendoza, presentaba una solicitud de captura ante el Tribunal Tercero de Control de San Felipe, Estado Yaracuy, quien además le había decretado medida de prohibición de salida del país.

Esta información la daba a conocer el Comisario Director del CICPC Wilmer Flores Trosel, señalando que este ciudadano participo activamente en la “Masacre de Yumare” de la cual el pasado 8 de mayo se cumplieron 24 años de este abominable hecho, donde fueron ejecutados nueve dirigentes revolucionarios, por pensar distinto al gobierno de turno de ese entonces.

En estos horrendos hechos perdieron la vida: Dilia Antonia Rojas, Pedro Pablo Jiménez, Nelson Castellanos Díaz, Ronald José Morao Salgado, José Rosendo Silva Medina, Simón José Romero Madrid, Luis Rafael Guzmán Green, Rafael Ramón Quevedo Infante y Alfredo Caicedo.

Inmediatamente vino a mi mente aquel revelador libro publicado por el “Fondo Editorial Carlos Aponte”, escrito por Jerónimo Carrera, militante del Partido Comunista de Venezuela.

Confieso que nunca he podido olvidar aquellas impresionantes fotografías de cuerpos torturados, la autopsia revelo como a la compañera Dilia Antonio Rojas, única mujer, le fueron destrozaron sus senos a machetazos.

A Ronald José Morao Salgado, antes de darle un certero “Tiro de Gracia” en su nuca, le infligieron un impresionante culatazo que le abrió todo su pómulo derecho.

Eso lo hacían nuestros funcionarios de la Disip, y digo nuestros, porque todos somos venezolanos y ellos eran nuestra supuesta seguridad de Estado.

Iguales abusos, torturas y asesinatos cometieron muchos funcionarios de lo que hoy es el CICPC, muchos debieron ser honestos, valiosos, pero en su mayoría eran miserables torturados, homicidas desesperados por ponerle la mano a muchos revolucionarios y a cientos de delincuentes quienes igual trato sufrieron.

Hoy, creo en esta revolución e instauro en mi alma las expresiones del Presidente Hugo Chávez, cuando tristemente relata las torturas que hacían sus compañeros de armas a los guerrilleros que capturaban.

Una día el Presidente Chávez derramo sus lagrimas junto a cientos de venezolanos, recordaba cuando su alma no pudo soportar ver como torturaban dentro de una carpa a un agonizante subversivo.

La tierra de este país, aun está llena de cadáveres desaparecidos de cientos de militantes de la izquierda venezolana, aun bajo tierra, siguen agonizando.

Esta fue una de las razones por las que muchos hombres y mujeres se fueron a combatir a las montañas, y hoy con madurez la izquierda de este país da un voto de humanidad a las instituciones que aun la historia no logra olvidar lo que en el reciente ayer, cometieron.

Es difícil dejar en el tintero muchas cosas, esto por el poco tiempo en que sucedieron muchos abusos policiales, aun olemos y percibimos lo que le hicieron a nuestros compañeros, así algunas de esas instituciones policiales disfruten ahora de cambios, incluso sus nombres.

No atino a pensar como las practicas de las torturas más el abuso y el silencio pueda ser pasado por nuestros Fiscales del Ministerio Publico y Jueces de la Republica, quienes siguen permitiendo que estos bajos y vulgares actos aun vivan.

Como esta revolución no termina de parir un funcionario policial que se plante y diga “NO”, ¡aquí no se tortura más!, menos a un indefenso muchacho estudiante universitario.

Cuando veo al Comisario Director del CICPC Wilmer Flores Trosel, créanme que empeño mis pensamientos en creer en él, pero como me gustaría oírle que definitivamente se oponga y sancione a algunos de los torturadores que están bajo su mando.

Me encomiendo porque este consciente de los vicios y desviaciones de algunos de sus subalternos. Sueño con que la práctica de la tortura sea definitivamente barrida de las manos de funcionarios policiales de nuestra República Bolivariana.

La tortura es el mayor aberrante hecho que un ser humano le infringe a otra persona, con torturadores no hacemos ni haremos revolución, aun por siglos la peor condición de un ser humano seguirá siendo ser un maldito torturador.

Leamos ahora los abusos policiales y jurídicos cometidos en el caso del encarcelado estudiante de la UBV- Táchira, Williams Sanguino.

Una última cosa antes de empezar a explicar, igual cicateros, aquellos Fiscales del Ministerio Publico quienes aceptan que sus imputados sean torturados en su presencia, igual, nunca podrán olvidar en sus almas su complicidad, así den media vuelta, tranquen la puerta y se tomen un café, ignorando los desesperados gritos de un inocente que torturan bajo su silencio, y esto va directamente con las Fiscales del Ministerio Publico 4º del Estado Táchira, Andreina Torres y 47º con Competencia Plena Nacional, María Elcira Bejarano.

Jesús Eduardo Ramírez Bello, estudiaba segundo semestre de Ingeniería Mecánica en la Universidad Nacional Experimental del Táchira, fue asesinado el 08 de diciembre del 2009 por un impacto de proyectil 9mm, mientras se encontraba junto a un grupo de estudiantes de esa casa de estudios asediando a los estudiantes de la UBV, allá en el estado Táchira.

En las investigaciones realizadas por los funcionarios provenientes de Caracas enviados por el CICPC, pudo apreciarse que dicha comisión se encontraba enormemente presionada por encontrar él, o los culpables del hecho punible acaecido.

Mientras Los medios de comunicación regionales daban cuenta en declaraciones de dirigentes estudiantiles de oposición, amenazando con “incendiar la ciudad” si en un plazo máximo de 72 horas no se identificaba y se ponían presos a él, o los estudiantes culpables.

Esto presiono a las máximas autoridades del CICPC para que esclarecieran inmediatamente los hechos y se detuviera a un, o unos culpables.

Ahora bien. ¿Cómo se practicó la detención policial de Williams Esteban Sanguino Vivas? La noche del jueves 10 de Diciembre del 2009 siendo aproximadamente las 10:30 de la noche, una comisión del CICPC se trasladó a la casa de habitación de la familia Sanguino Vivas, ubicada en sector Pedraza, Chorro del Indio, sin que mediaran, o se enseñara “Orden de Allanamiento” alguna y sin autorización de los moradores, los funcionarios del CICPC procedieron a penetrar en dicho inmueble.

Constituidos allí, efectuaron el registro del inmueble, destruyeron algunos enseres familiares, aparte de rasgar colchones, práctica usual en estos funcionarios, recabaron o colectaron ropa y objetos personales de Williams Sanguino y procedieron a llevárselo esposado.

Al saber que serían señalados por el ilegal acto de investigación realizado, pidieron el auxilio de las representantes del Ministerio Publico, solicitaron a posteriori, “Orden de Allanamiento al Tribunal Noveno de Control, y el día viernes 11 de Diciembre de 2009 a las 5:30 pm según se puede leer en el sello de la nota de alguacilazgo al pie de la solicitud policial, a fin de tratar de convalidar lo inconvalidable, volvieron de nuevo al hogar de los Sanguino Vivas y nuevamente volvieron a allanar, esta vez por segunda vez la humilde morada, esto fue a las 7:30 de la noche.

La nota al pie del acta de allanamiento reza: “no se encontraron evidencias de interés criminalistico”.

A partir del mismo día de la captura de Williams Sanguino, empiezan los malos tratos por parte de los funcionarios del CICPC, responsables del caso, empezaron a exigirle que diera el nombre del asesino o de lo contrario le sembrarían pruebas, allí empezaron a torturarlo.

Fue salvajemente golpeado, lo amenazaron con pistolas que le ponían en distintas partes de si cabeza, lo esposaron con las manos hacia atrás y levantaban sus brazos a modo de palanca para infringirle dolor.

Le exigieron repetidamente que dijera quien había sido el asesino o de lo contrario él sería acusado como culpable.

Lo colgaron de sus brazos esposado a la celda donde le recluyeron, luego con un aparato o pistola de descargas eléctricas, le propinaban sendos corrientazos a través de los barrotes metálicos, uno tras otro, choques de corriente le descargaron en su humilde humanidad.

Le dieron repetidos golpes en su abdomen, nada más y menos, que con un bate de beisbol, colocándole una almohada para evitar propiciarle hematomas delatadores, todo esto hasta que lo hicieron desmayar varias oportunidades.

Siendo de madrugada le arrojaban agua fría y le colocaban un ventilador, posteriormente lo dejaron esposado, colgado del brazo y su antebrazo lo cubrieron con trapos, de manera que se le evitara dejar alguna señal de tortura o corte, esto tuvo que soportarlo por más de cinco horas y luego lo trasladaron hasta un tribunal, donde el Juez no dijo nada de sus recientes torturas, enviándolo al Departamento de Procesados Militares en el Centro Penitenciario de Occidente, mejor conocido como Santa Ana, donde aún permanece detenido. (Estado Táchira).

De acuerdo a la normativa legal vigente un detenido no puede pernoctar en los calabozos del CICPC en horas nocturnas. Tiene que ingresar obligatoriamente a los calabozos del cuartel de prisiones, en este caso tenía que ser trasladado hasta la sede de la Policía del Estado Táchira (Politáchira) y para poder ingresar en este establecimiento debe estar en perfectas condiciones físicas y de salud, si no es así, no lo reciben, por esta causa el CICPC no lo lleva hasta allí, espera y lo llevan directamente al tribunal.

Estas normas están hechas con la finalidad de que ningún detenido pueda ser sometido a torturas o tratos crueles bajo el amparo de la noche. Pues en la noche no trabaja sino el crimen.

El COPP establece claramente que ningún imputado puede declarar luego de las siete (07:00) de la noche ni antes de las siete (07:00) de la mañana y deberá estar provisto de defensor que le asista, este no fue el caso de Sanguino.

En las declaraciones que dieran los funcionarios del CICPC en San Cristóbal ante los medios de comunicación, dijeron que los detenidos eran culpables del hecho porque las pruebas de ATD y de nitrato de pólvora en las ropas habían resultado positivas.

Estas supuestas pruebas, cuyas muestras fueron tomadas tres (3) días después de ocurridos los hechos. Increíble, casi simultánea a la toma de la evidencia, apenas había trascurrido 15 minutos.

Circunstancia por si misma irregular, ¿Por qué? pues cualquier persona que entre a Internet y busque información sobre la prueba de ATD (activación de trazas de disparo) podrá darse cuenta que la realización de esta, requiere exámenes de laboratorio complejos, con equipos especializados que en nuestro país, estos equipos solo se encuentran en la ciudad de Caracas, es decir, las muestras tienen que enviarse para su proceso, esto tarda un mínimo de 36 horas, para tener los resultados de las mismas.

La toma de muestras y la realización de estas pruebas técnicas, por su misma naturaleza y características de ser actos definitivos e irreproducibles en el juicio, necesariamente deben ser efectuadas por el procedimiento de la prueba anticipada que a tales efectos consagra el artículo 307 del COPP.

Para hacer valer estas pruebas en contra del acusado, ellas no pueden realizarse a espaldas de los imputados y sin la presencia de un Juez; Fiscal del Ministerio Público o un Defensor Público o privado que asistiera a los detenidos, a fin de otorgarles a dichas pruebas credibilidad y validez legal.

Esto se violó, aun cuando está establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que preceptúa: “la defensa y asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso”.

¿Y porque las Fiscalías 4º Andreina Torres y 47º, Nacional, María Elcira Bejarano no dijeron nada y guardaron silencio? Menos lo dejaron por escrito.

http://www.aporrea.org/ddhh/a101323.html

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